viernes, 2 de febrero de 2018

El desafío ya está aquí...

¡A LA TERCERA VA LA VENCIDA!


Estimados Compañeros, 

Por tercer año consecutivo, el evento DESAFÍO EMPRESAS vestirá sus mejores galas para recibir, con el boato que se merecen, a los más bravos entre los bravos, audaces entre los perspicaces, duros, valientes, eficientes y disciplinados participantes que el mundo ha observado jamás, nos referimos como no podía ser de otra manera a ….

¡Vosotros!



Este año, al igual que el año anterior, será el Comité de Empresa y esperamos que un grupo de valerosos voluntarios los encargados de organizarlo todo. Contamos con la experiencia de años anteriores y como ya hicimos el año pasado, vamos a establecer unas normas básicas que todo participante tiene que comprometerse a cumplir. En la tabla adjunta, encontrareis el listado de actividades y las instrucciones para apuntarse, también podéis consultar en el siguiente enlace:


En el calendario de actividades tenéis toda la información sobre las que se van a llevar a cabo este año, pruebas individuales por equipos, deportivas, número de equipos permitido según la actividad, etc. Es necesario que os vayáis organizando, conformando equipos para las pruebas o actividades grupales, o de forma individual. Si tenéis la intención de participar en el evento o en la organización, lo debéis comunicar a Olga Laguarta (olaguarta@acciona.es), Javier Pastor (jpastorizco@acciona.com) o Arturo Arbiol (arturo.arbiol.sierra@acciona.com).

¡Esperamos que esta iniciativa sea de vuestro agrado, y os animamos a participar!

Hemos pensado cerrar el plazo de inscripciones, a nivel interno, el próximo 15 de febrero. Con el fin de disponer del tiempo necesario para organizarnos y organizaros (Equipos, inscripciones, etc.).

Desde estas líneas, quisiéramos agradecer tanto a la dirección de la empresa, como a la dirección de RRHH, su disposición, así como el esfuerzo realizado (las inscripciones correrán por cuenta de la empresa).

Un saludo, 


Comité A.E.




El desafío ya está aquí...

¡A LA TERCERA VA LA VENCIDA!


Estimados Compañeros, 

Por tercer año consecutivo, el evento DESAFÍO EMPRESAS vestirá sus mejores galas para recibir, con el boato que se merecen, a los más bravos entre los bravos, audaces entre los perspicaces, duros, valientes, eficientes y disciplinados participantes que el mundo ha observado jamás, nos referimos como no podía ser de otra manera a ….

¡Vosotros!

jueves, 28 de diciembre de 2017

Comunicado UGT-CCOO Acuerdo de Garantías Termosolar - 28 DICIEMBRE 2017 -


Estimados Compañeros y Compañeras: 

El pasado 21.12.2017 las Secciones Sindicales de UGT-FICA y CCOO junto con la representación de la compañía, procedimos a la firma de un Acuerdo de Garantías para el personal afectado por la más que inminente venta de los activos de Termosolar de nuestra empresa. 

Anteriormente, el pasado día 12.12.2017 se llegó a un Pre-Acuerdo, supeditado a la ratificación de las plantillas afectadas, estas, tras una serie de asambleas realizadas a lo largo de la semana pasada han aprobado dicho Pre-Acuerdo y por lo tanto, como indicábamos en el párrafo anterior, el pasado día 21 se procedió a su ratificación. 

Este Acuerdo de Garantías, representa un hito dentro de las relaciones laborales en nuestro país. Que tengamos conocimiento solamente existen 2 acuerdos de este tipo dentro del mercado laboral español (Endesa y Redexis Gas). 

Ciertamente la consecución de este Acuerdo de Garantías no ha sido una labor fácil. Desde finales del mes de Junio, momento en que tuvimos conocimiento de la operación, hemos presionado a la compañía y hemos trabajado denodadamente para obtener la meta que nos proponíamos y que no era otra que garantizar a presente y a futuro todas las condiciones laborales, económicas y de previsión social de los compañeros que se viesen afectados por la operación. En este sentido recordamos que no existe ningún deber legal que obligue a nuestra empresa a llegar a acuerdos de este tipo. Simplemente con la aplicación de lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 44 Sucesión de empresa) hubiesen cumplido con la legalidad vigente. 

Os resumimos el Acuerdo alcanzado: 

Mantenimiento de las Condiciones Laborales, Económicas y de Seguridad Social

Los Trabajadores conservarán la integridad de sus derechos laborales, económicos y de Seguridad Social, sea cual fuere su fuente de atribución (i.e. legal, convencional o individual) y, en particular, los siguientes:

• El mantenimiento del Convenio Colectivo y los acuerdos colectivos vigentes o prorrogados que vinieran resultando de aplicación, que se mantendrán hasta la fecha de expiración de los mismos o hasta la entrada en vigor de un nuevo convenio/acuerdo colectivo que resulte aplicable a las Sociedades objeto de la transmisión.
En este sentido, resulta aplicable a este colectivo el Convenio colectivo del grupo de empresas de Acciona Energía (publicado en el BOE nº 255, de 21 de octubre de 2014), el Protocolo de organización de los Recursos Humanos de operación termosolar de fecha 5 de febrero de 2015 y el Acta de acuerdo de actuación en el ámbito de mantenimiento de plantas termosolares de fecha 21 de febrero de 2017, que se adjuntan al presente Acuerdo como Anexos II, III y IV, respectivamente.

• El mantenimiento de los derechos y garantías reconocidos en el contrato de trabajo y/o pacto individual.

• El mantenimiento de los beneficios sociales de los que vinieran disfrutando.

• El mantenimiento como garantía ad personam de las condiciones personales reconocidas por encima de las establecidas en el Convenio Colectivo, los acuerdos colectivos, el contrato de trabajo y/o los pactos individuales


Respecto de la retribución variable a la que tienen derecho los Trabajadores, reconocida tanto en el Convenio Colectivo, como en sus contratos de trabajo, ambas partes reconocen que, respecto del personal incluido dentro del Convenio Colectivo, el 70% de su importe está sujeto a la consecución de resultados por parte del grupo Acciona Energía y el 30% restante a la consecución de resultados individuales, y, respecto del personal fuera de Convenio Colectivo, el 80% de su importe está sujeto a la consecución de resultados por parte del grupo Acciona Energía y el 20% restante a la consecución de resultados individuales. 

Asimismo, Acciona Energía reconoce que el importe correspondiente a la retribución variable de 2017 estará provisionada en las cuentas de las Sociedades objeto de la transmisión.

En lo referente a la Retribución Variable del año 2017, desde UGT-FICA y CCOO se ha solicitado que, en virtud de la Responsabilidad Social de Acciona Energía y los esfuerzos, dedicación e implicación de los compañeros afectados por el traspaso a lo largo de estos años, para que esta tecnología “inmadura”, novedosa, e inestable se haya convertido a día de hoy en eficiente, rentable, estable y sostenible. Por todo ello hemos requerido que Acciona Energía abone el 100% de esta paga a todos los afectados. En este sentido, la compañía recogió nuestra solicitud y se comprometió a estudiarlo, esperamos que la respuesta sea afirmativa lo que supondría un noble gesto por parte de la empresa.


2.2.- Estabilidad en el empleo 

a) Las Sociedades objeto de la transmisión se comprometen a no llevar a cabo despidos objetivos respecto de los Trabajadores, ya sean colectivos o individuales, por causas técnicas, organizativas o productivas durante un periodo de un año a contar desde el momento en que se materialice la transmisión de acciones, sin perjuicio de las medidas de flexibilidad internas que considere necesarias y siempre que concurran los requisitos legalmente aplicables.

b) Si las Sociedades objeto de la transmisión se vieran obligadas a llevar a cabo respecto de los Trabajadores despidos objetivos, ya sean colectivos o individuales, por causas económicas durante el año establecido en el apartado anterior y/o si se vieran obligadas a llevar a cabo despidos objetivos, ya sean colectivos o individuales, por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas durante el año siguiente, aquellos de los Trabajadores que se viesen afectados tendrán derecho a percibir una indemnización equivalente al máximo legalmente establecido para la improcedencia del despido (45 o 33 días por año trabajado), a la que se añadirá una cantidad lineal por importe de 13.000 euros brutos, para cada Trabajador afectado por la medida.

c) Los despidos disciplinarios respecto de los Trabajadores llevados a cabo por las Sociedades objeto de la transmisión durante los dos primeros años siguientes a la transmisión, que sean declarados judicialmente o reconocidos por las Sociedades objeto de la transmisión como improcedentes, conllevarán una indemnización equivalente al máximo legalmente establecido para la improcedencia del despido (45 o 33 días por año trabajado), a la que se añadirá una cantidad lineal, por importe de 13.000 euros brutos, para cada Trabajador afectado por la medida. 

d) No procederá aplicar las garantías descritas anteriormente en cualesquiera otros supuestos que conlleven la extinción de la relación laboral.

En el supuesto de que se produzca la extinción del contrato de trabajo en los términos previstos en los apartados 2.2 a), b) y c) anteriores, el Trabajador en cuestión tendrá un derecho preferente de reingreso en las vacantes de igual grupo profesional que hubieran o se produjeran en el ámbito del grupo de empresas de Acciona. Este derecho preferente de reingreso se mantendrá durante los tres primeros años a contar desde el momento en que se materialice la adquisición de acciones de las Sociedades objeto de la transmisión por la compañía compradora. En tal caso, el Trabajador deberá solicitar el reingreso a la dirección de Recursos Humanos de Acciona en el plazo de un mes desde su desvinculación. Las condiciones laborales y contractuales de las contrataciones que se produzcan conforme al presente Acuerdo serán las que correspondan al nuevo puesto, con una antigüedad en el puesto desde la fecha de reingreso. 

Asimismo, en el supuesto de que los Trabajadores causen baja voluntaria en las Sociedades objeto de la transmisión durante un periodo de tres años a contar desde el momento en que se materialice la adquisición de las acciones y, tras optar a un puesto en el ámbito del grupo de empresas de Acciona, se incorporen a la misma, se les reconocerá la antigüedad previa sólo en caso de que dicha reincorporación se produzca en el ámbito del grupo de empresas de Acciona Energía. En caso contrario, se les reconocerá la antigüedad desde la fecha de dicha reincorporación. 


3. APLICABILIDAD DEL PRESENTE ACUERDO

El presente Acuerdo se aplicará a las Sociedades objeto de la transmisión, que forman o formarán parte del grupo de empresas de Acciona Energía, tras su convalidación por la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del grupo de empresas de Acciona Energía. 

El presente Acuerdo no se aplicará y, por tanto, no tendrá ningún efecto en caso de no completarse la operación de adquisición de acciones de las Sociedades objeto de la transmisión.


4. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO 

Existirá una Comisión de Seguimiento, en la que participará la representación legal de los trabajadores, para analizar el cumplimiento del presente Acuerdo. 

Como indicábamos anteriormente, este Acuerdo de Garantías, protege, más allá de lo indicado por la legislación vigente a nuestros compañeros y compañeras, que en breve dejarán de pertenecer al Grupo Acciona Energía. 

Sólo nos queda desearos toda la suerte del mundo para afrontar el futuro y que este os depare lo mejor.





Comunicado UGT-CCOO Acuerdo de Garantías Termosolar - 28 DICIEMBRE 2017 -


Estimados Compañeros y Compañeras: 

El pasado 21.12.2017 las Secciones Sindicales de UGT-FICA y CCOO junto con la representación de la compañía, procedimos a la firma de un Acuerdo de Garantías para el personal afectado por la más que inminente venta de los activos de Termosolar de nuestra empresa. 

Anteriormente, el pasado día 12.12.2017 se llegó a un Pre-Acuerdo, supeditado a la ratificación de las plantillas afectadas, estas, tras una serie de asambleas realizadas a lo largo de la semana pasada han aprobado dicho Pre-Acuerdo y por lo tanto, como indicábamos en el párrafo anterior, el pasado día 21 se procedió a su ratificación. 

Este Acuerdo de Garantías, representa un hito dentro de las relaciones laborales en nuestro país. Que tengamos conocimiento solamente existen 2 acuerdos de este tipo dentro del mercado laboral español (Endesa y Redexis Gas). 

Ciertamente la consecución de este Acuerdo de Garantías no ha sido una labor fácil. Desde finales del mes de Junio, momento en que tuvimos conocimiento de la operación, hemos presionado a la compañía y hemos trabajado denodadamente para obtener la meta que nos proponíamos y que no era otra que garantizar a presente y a futuro todas las condiciones laborales, económicas y de previsión social de los compañeros que se viesen afectados por la operación. En este sentido recordamos que no existe ningún deber legal que obligue a nuestra empresa a llegar a acuerdos de este tipo. Simplemente con la aplicación de lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 44 Sucesión de empresa) hubiesen cumplido con la legalidad vigente. 

Os resumimos el Acuerdo alcanzado: 

Mantenimiento de las Condiciones Laborales, Económicas y de Seguridad Social

Los Trabajadores conservarán la integridad de sus derechos laborales, económicos y de Seguridad Social, sea cual fuere su fuente de atribución (i.e. legal, convencional o individual) y, en particular, los siguientes:

• El mantenimiento del Convenio Colectivo y los acuerdos colectivos vigentes o prorrogados que vinieran resultando de aplicación, que se mantendrán hasta la fecha de expiración de los mismos o hasta la entrada en vigor de un nuevo convenio/acuerdo colectivo que resulte aplicable a las Sociedades objeto de la transmisión.
En este sentido, resulta aplicable a este colectivo el Convenio colectivo del grupo de empresas de Acciona Energía (publicado en el BOE nº 255, de 21 de octubre de 2014), el Protocolo de organización de los Recursos Humanos de operación termosolar de fecha 5 de febrero de 2015 y el Acta de acuerdo de actuación en el ámbito de mantenimiento de plantas termosolares de fecha 21 de febrero de 2017, que se adjuntan al presente Acuerdo como Anexos II, III y IV, respectivamente.

• El mantenimiento de los derechos y garantías reconocidos en el contrato de trabajo y/o pacto individual.

• El mantenimiento de los beneficios sociales de los que vinieran disfrutando.

• El mantenimiento como garantía ad personam de las condiciones personales reconocidas por encima de las establecidas en el Convenio Colectivo, los acuerdos colectivos, el contrato de trabajo y/o los pactos individuales


Respecto de la retribución variable a la que tienen derecho los Trabajadores, reconocida tanto en el Convenio Colectivo, como en sus contratos de trabajo, ambas partes reconocen que, respecto del personal incluido dentro del Convenio Colectivo, el 70% de su importe está sujeto a la consecución de resultados por parte del grupo Acciona Energía y el 30% restante a la consecución de resultados individuales, y, respecto del personal fuera de Convenio Colectivo, el 80% de su importe está sujeto a la consecución de resultados por parte del grupo Acciona Energía y el 20% restante a la consecución de resultados individuales. 

Asimismo, Acciona Energía reconoce que el importe correspondiente a la retribución variable de 2017 estará provisionada en las cuentas de las Sociedades objeto de la transmisión.

En lo referente a la Retribución Variable del año 2017, desde UGT-FICA y CCOO se ha solicitado que, en virtud de la Responsabilidad Social de Acciona Energía y los esfuerzos, dedicación e implicación de los compañeros afectados por el traspaso a lo largo de estos años, para que esta tecnología “inmadura”, novedosa, e inestable se haya convertido a día de hoy en eficiente, rentable, estable y sostenible. Por todo ello hemos requerido que Acciona Energía abone el 100% de esta paga a todos los afectados. En este sentido, la compañía recogió nuestra solicitud y se comprometió a estudiarlo, esperamos que la respuesta sea afirmativa lo que supondría un noble gesto por parte de la empresa.


2.2.- Estabilidad en el empleo 

a) Las Sociedades objeto de la transmisión se comprometen a no llevar a cabo despidos objetivos respecto de los Trabajadores, ya sean colectivos o individuales, por causas técnicas, organizativas o productivas durante un periodo de un año a contar desde el momento en que se materialice la transmisión de acciones, sin perjuicio de las medidas de flexibilidad internas que considere necesarias y siempre que concurran los requisitos legalmente aplicables.

b) Si las Sociedades objeto de la transmisión se vieran obligadas a llevar a cabo respecto de los Trabajadores despidos objetivos, ya sean colectivos o individuales, por causas económicas durante el año establecido en el apartado anterior y/o si se vieran obligadas a llevar a cabo despidos objetivos, ya sean colectivos o individuales, por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas durante el año siguiente, aquellos de los Trabajadores que se viesen afectados tendrán derecho a percibir una indemnización equivalente al máximo legalmente establecido para la improcedencia del despido (45 o 33 días por año trabajado), a la que se añadirá una cantidad lineal por importe de 13.000 euros brutos, para cada Trabajador afectado por la medida.

c) Los despidos disciplinarios respecto de los Trabajadores llevados a cabo por las Sociedades objeto de la transmisión durante los dos primeros años siguientes a la transmisión, que sean declarados judicialmente o reconocidos por las Sociedades objeto de la transmisión como improcedentes, conllevarán una indemnización equivalente al máximo legalmente establecido para la improcedencia del despido (45 o 33 días por año trabajado), a la que se añadirá una cantidad lineal, por importe de 13.000 euros brutos, para cada Trabajador afectado por la medida. 

d) No procederá aplicar las garantías descritas anteriormente en cualesquiera otros supuestos que conlleven la extinción de la relación laboral.

En el supuesto de que se produzca la extinción del contrato de trabajo en los términos previstos en los apartados 2.2 a), b) y c) anteriores, el Trabajador en cuestión tendrá un derecho preferente de reingreso en las vacantes de igual grupo profesional que hubieran o se produjeran en el ámbito del grupo de empresas de Acciona. Este derecho preferente de reingreso se mantendrá durante los tres primeros años a contar desde el momento en que se materialice la adquisición de acciones de las Sociedades objeto de la transmisión por la compañía compradora. En tal caso, el Trabajador deberá solicitar el reingreso a la dirección de Recursos Humanos de Acciona en el plazo de un mes desde su desvinculación. Las condiciones laborales y contractuales de las contrataciones que se produzcan conforme al presente Acuerdo serán las que correspondan al nuevo puesto, con una antigüedad en el puesto desde la fecha de reingreso. 

Asimismo, en el supuesto de que los Trabajadores causen baja voluntaria en las Sociedades objeto de la transmisión durante un periodo de tres años a contar desde el momento en que se materialice la adquisición de las acciones y, tras optar a un puesto en el ámbito del grupo de empresas de Acciona, se incorporen a la misma, se les reconocerá la antigüedad previa sólo en caso de que dicha reincorporación se produzca en el ámbito del grupo de empresas de Acciona Energía. En caso contrario, se les reconocerá la antigüedad desde la fecha de dicha reincorporación. 


3. APLICABILIDAD DEL PRESENTE ACUERDO

El presente Acuerdo se aplicará a las Sociedades objeto de la transmisión, que forman o formarán parte del grupo de empresas de Acciona Energía, tras su convalidación por la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del grupo de empresas de Acciona Energía. 

El presente Acuerdo no se aplicará y, por tanto, no tendrá ningún efecto en caso de no completarse la operación de adquisición de acciones de las Sociedades objeto de la transmisión.


4. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO 

Existirá una Comisión de Seguimiento, en la que participará la representación legal de los trabajadores, para analizar el cumplimiento del presente Acuerdo. 

Como indicábamos anteriormente, este Acuerdo de Garantías, protege, más allá de lo indicado por la legislación vigente a nuestros compañeros y compañeras, que en breve dejarán de pertenecer al Grupo Acciona Energía. 

Sólo nos queda desearos toda la suerte del mundo para afrontar el futuro y que este os depare lo mejor.





miércoles, 22 de noviembre de 2017

UGT ACCIONA ENERGÍA INFORMA - Negociación II Convenio Grupo Empresas A.E. - 22 de noviembre de 2017 -


Estimados compañeros,

Como ya sabéis, hemos empezado a negociar el 2º Convenio Colectivo de grupo de empresas de Acciona Energía.

Desde UGT queremos haceros partícipes del trabajo previo realizado estos últimos meses, pero creemos que enviar el texto de nuestras propuestas, capítulo a capítulo, es un error como estrategia de negociación, aparte de que para muchos de vosotros os puede resultar un tanto pesado recibir toda esa información por correo electrónico.  

Por eso, hemos optado por enviaros por correo la tabla resumen de nuestras propuestas y objetivos. Y por supuesto, si alguno está interesado en profundizar más allá y quiere conocer nuestra propuesta completamente desarrollada, puede preguntar a cualquiera de nuestros delegados, repartidos por toda España, en todas las empresas del grupo. Estaremos encantados de compartir esta información con vosotros.



Os recordamos quiénes somos y dónde podéis encontrarnos:

COORDINADOR UGT ACCIONA ENERGÍA

Arturo Arbiol Sierra    
email: aarbiol@acciona.es           
Teléfono: 627971892

En SARRIGUREN:

Arturo Arbiol
Patricia Pastor
Olga Laguarta
Javier Pastor
Iván Martínez
Ignacio Sotes

En ALVARADO:

Juan Carlos Sánchez González
Alejandro Rodríguez Álvarez
Emilio Acevedo Mulero

En ORELLANA:

Pedro Javier Almodóvar Cruceras
Mario Carrasco Morillo
Pedro Ángel Sánchez Martínez

EN MAJADAS-MIAJADAS:

José Morán Carrillo
David Collazos Martínez

En PALMA DEL RÍO:

Ana Gamero Cruz
José Luis León Herrera
Francisco Javier Carmona Romero (Excedencia)

En ALBACETE:

Fernando Salmerón Vázquez

En SANTIAGO:

Julián Ramos Arcos

En HUESCA:

José Luis López Pérez
Jorge Asensio Arroyo
José Antonio Garuz Pallas

En SALTOS DEL NANSA:

Daniel Cosio

En CAPARROSO:

Juan  Pedro Martínez Salinas


Os iremos informando puntualmente sobre la negociación.  De momento la empresa ha dividido el convenio en diferentes bloques:

1.            Grupos profesionales
2.            Movilidad interna, funcional y geográfica
3.            Sistemas y Tiempo de trabajo
4.            Salarios, estructura y revisión salarial
5.            Representación de los Trabajadores
6.            Varios (artículos sueltos)

Empezaremos concretamente por los de Movilidad y Tiempo de Trabajo.

Después de cada reunión, os enviaremos un resumen de la misma, con las propuestas que desde UGT hemos expuesto y defendido.

Os animamos a participar con nosotros en este proceso. Porque vuestra ayuda es fundamental, es nuestro impulso y nos da fuerza para seguir adelante.

Porque unidos seremos capaces de lograr un futuro mejor para todos y cada uno de los empleados que formamos  Acciona Energía.

¡GRACIAS!


UGT ACCIONA ENERGÍA INFORMA - Negociación II Convenio Grupo Empresas A.E. - 22 de noviembre de 2017 -


Estimados compañeros,

Como ya sabéis, hemos empezado a negociar el 2º Convenio Colectivo de grupo de empresas de Acciona Energía.

Desde UGT queremos haceros partícipes del trabajo previo realizado estos últimos meses, pero creemos que enviar el texto de nuestras propuestas, capítulo a capítulo, es un error como estrategia de negociación, aparte de que para muchos de vosotros os puede resultar un tanto pesado recibir toda esa información por correo electrónico.  

Por eso, hemos optado por enviaros por correo la tabla resumen de nuestras propuestas y objetivos. Y por supuesto, si alguno está interesado en profundizar más allá y quiere conocer nuestra propuesta completamente desarrollada, puede preguntar a cualquiera de nuestros delegados, repartidos por toda España, en todas las empresas del grupo. Estaremos encantados de compartir esta información con vosotros.

jueves, 2 de noviembre de 2017

Comunicado Tercer Comité de Seguridad y Salud de 2017 - 2 NOVIEMBRE 2017 -


Estimados compañeros, 


El pasado 04.10.2017,tuvo lugar la reunión trimestral del Comité de Seguridad y Salud de Acciona Energía Sarriguren 5; el orden del día, fue el siguiente:

  • -         Revisión Siniestralidad Laboral Tercer Trimestre
  • -         Simulacro Evacuación Sarriguren 5
  • -         Evaluaciones Higiénicas Sarriguren 5
  • -         Auditorias 2017
  • -         Listado Personal DEA
  • -         Ruegos y Preguntas


Para cualquier duda o consulta al respecto, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.



Un saludo,


Comité A.E.