Estimados/as compañeros/as:
Como ya sabéis, a raíz de la reciente sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de fecha 3 de octubre de 2018, desde la Unión General de Trabajadoreshemos puesto en marcha una campaña para que los trabajadores/as puedan reclamar la devolución de las retenciones de IRPF que indebidamente se les ha venido aplicando en las prestaciones por maternidad y paternidad del INSS.
Para ello se ha elaborado el formulario tipo que podéis descargaros en este enlace. El cuál, debe ser cumplimentado con los datos de los trabajadores/as que deseen reclamar.
Hasta el 20 de noviembre podéis entregar dicho formulario en la Sala de la Sección Sindical de FICA-UGTAcciona Energía (Planta -1, al final de las aulas de formación), nosotros nos ocuparemos de presentar la solicitud de rectificación (debe ser el formulario adjunto con la firma original).
Hasta el 20 de noviembre podéis entregar dicho formulario en la Sala de la Sección Sindical de FICA-UGTAcciona Energía (Planta -1, al final de las aulas de formación), nosotros nos ocuparemos de presentar la solicitud de rectificación (debe ser el formulario adjunto con la firma original).
Afecta a los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad/paternidad en sus declaraciones de IRPF desde el año 2014.
Una vez presentadas las solicitudes, confiamos en que la administración habilite un cauce para atender estas reclamaciones sin necesidad de tener que acudir al Juzgado Contencioso-Administrativo. Si esto fuese necesario, UGT informará del procedimiento a seguir.
La sentencia avala la posición de UGT desde 2016
· UGT valora la sentencia del Tribunal Supremo, que avala las reivindicaciones de UGT desde 2016, cuando el Tribunal Superior de Justicia de Madrid nos dio la razón.
· Esta sentencia obliga a Hacienda a modificar el criterio interpretativo que ha seguido hasta ahora y abre la puerta a la reclamación de las trabajadoras que han percibido la prestación desde 2014.
· La devolución entre 2014 y 2017 podría alcanzar los 1.300 millones de euros.
La Unión General de Trabajadores considera que la sentencia del Tribunal Supremo, que determina que las prestaciones por maternidad de la Seguridad Social están exentas del IRPF, avalan la posición del sindicato desde 2016 en esta materia, cuando el Tribunal Superior de Justicia de Madrid abrió la puerta a reclamar la devolución de este impuesto.
El sindicato recuerda que, en dicha sentencia, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid obligaba a Hacienda a devolver el IRPF de una prestación de maternidad que había solicitado una trabajadora, en una sentencia que declaraba que “la prestación por maternidad debe estar exenta de tributación del IRPF en función de la interpretación que hace de la Ley 62/2003, de medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social. En su exposición de motivos esta Ley establece la exención de las prestaciones públicas percibidas por nacimiento, parto múltiple, adopción, maternidad e hijo a cargo”.
En contra del criterio interpretativo de Hacienda, que ha mantenido la obligación de tributación al considerar las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad como rendimientos de trabajo no exentas, el TSJ de Madrid, y ahora el Tribunal Supremo, entienden, por el contrario, que la interpretación que debe hacerse del art. 7.h.) de la Ley del IRPF es el de que la prestación de maternidad se encuentra dentro del ámbito de la exención general de esta disposición.
La sentencia obliga a Hacienda a rectificar y abre la puerta a la reclamación
UGT manifiesta que esta sentencia obliga a Hacienda a modificar el criterio interpretativo que ha seguido hasta ahora para este tipo de prestaciones y abre la puerta a que las trabajadoras que han percibido prestación de maternidad desde el año 2014 (teniendo en cuenta los plazos de prescripción de cuatro años) puedan reclamar la devolución del impuesto de la renta de las personas físicas pagado de más, al haber incluido dicha prestación en la tributación por rendimientos de trabajo. Del mismo modo, el sindicato interpreta que también podría reclamarse la devolución del IRPF por la prestación de paternidad.
UGT calcula que en torno al 16% del importe de las prestaciones de la Seguridad Social abonadas por maternidad es reintegrado a Hacienda a través del IRPF. La devolución a los contribuyentes que han abonado el impuesto entre 2014 y 2017 podría alcanzar unos 1.300 millones de euros, de los que se beneficiarían de forma mayoritaria las trabajadoras contribuyentes que dedican su tiempo al cuidado de los menores tras su nacimiento o adopción durante el periodo de las 16 semanas de duración del permiso de maternidad.
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