Orden del día
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Acuerdo
Mantenimiento Termosolar
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Órgano
de Gestión Grupo A.E
-
Comisión
de Formación y Puestos de Trabajo
Acuerdo Mantenimiento Termosolar
El pasado
21.02.2017 la representación empresarial y la parte social de termosolar,
alcanzamos un pre-acuerdo en el que se regulan las nuevas condiciones laborales
de los compañeros de mantenimiento termosolar.
Dicho pre-acuerdo
ha sido ratificado por el personal afectado y por lo tanto el día 9.05.2017 se
procedió a la firma del acta correspondiente.
Con
esta rúbrica se pone fin al contencioso que manteníamos desde hace más de un
año debido a las irregularidades cometidas por la compañía respecto de este
colectivo (Mantenimiento Termosolar) y que ésta sección sindical denunció en su
día. Dichas irregularidades consistían, entre otras, en aplicarles la jornada
irregular cuando ésta no está contemplada para dicho colectivo.
Términos del acuerdo:
·
Durante un máximo de 4 semanas al año la empresa podrá modificar la
jornada de los trabajadores afectados de forma que pasen a prestar servicios en
turno de noche y por semanas completas , con el objeto de llevar a cabo
trabajos de mantenimiento planificados, adicionales a la parada de
mantenimiento.
·
A estos efectos, cada semana se computará de lunes a viernes. No
obstante, siempre y cuando la planificación lo permita, la empresa intentará
adaptar la semana de forma que se inicie el servicio el domingo y se termine el
jueves.
·
Se notificará esta asignación al trabajador afectado, con copia a la
representación legal de los trabajadores, con una anticipación de 5 días.
·
El trabajador afectado recibirá una compensación económica de 200€
brutos por cada semana en que se modifique efectivamente su jornada.
·
Estos cambios se realizarán en días que estén fijados como laborales
en el calendario del trabajador y todo lo que exceda de su jornada laboral en
dichos días será considerado como horas extraordinarias.
·
En la medida de lo posible, se intentará distribuir esta asignación
entre todo el colectivo de mantenimiento de las plantas termosolares, siempre
teniendo en cuenta la capacitación demostrada de la persona asignada frente a
la tarea a realizar.
Órgano de Gestión Grupo A.E
En dicha reunión se
trataron varios asuntos:
Situación Proyecto PE “El Cortijo” Reynosa,
México
La
compañía, tras las informaciones aparecidas en prensa, nos da una explicación
detallada de la situación.
Se
nos informa que se ha emitido una nota en la intranet informando a la plantilla
sobre el plan de seguridad, el cual recoge una serie de actuaciones para
proteger, de la mejor manera posible, a nuestro personal desplazado e
instalaciones en emplazamientos conflictivos.
Así
mismo se nos detalla en qué consisten algunas de dichas actuaciones:
o
Plan de Alerta y Evacuación
o Plan de Formación (Protección, conocimiento del lugar, medidas
de seguridad, medidas organizativas, etc.)
o
Instrumentación y sistemas para la
seguridad y vigilancia.
La
empresa nos comunica que el Centro Nacional de Seguridad de Acciona, está en
permanente contacto con las autoridades locales (militares y civiles) y que en
base a la información facilitada, se
adoptan las decisiones sobre seguridad.
Para
determinar el nivel de peligrosidad de la zona, se utiliza lo indicado en el
cuadro de abajo (pic1).
El paso de un nivel
a otro, según la compañía, se decide en base a lo anteriormente señalado.
Desde la Parte Social se comunica a
la Dirección, la intranquilidad de los trabajadores asignados a proyectos
internacionales en zonas conflictivas, inseguras o peligrosas, o en cuáles se deben tomar medidas que
garanticen la seguridad de los mismos.
También proponemos dar un trato, en
lo que a la información previa se refiere,
individualizado y personalizado, con tiempo suficiente antes del viaje,
que detalle en profundidad dichos riesgos y concienciar más, si cabe, al
personal desplazado.
Se señala que la inestabilidad en la
zona puede hacer que, acontecimientos inesperados, malogren los protocolos de
seguridad establecidos. Nos referimos a que los altercados entre estas bandas
criminales no son notificados ni publicitados y por lo tanto, se depende en
gran medida de la contra información de las autoridades mexicanas.
Solicitamos, además, la posibilidad
de ampliar la información de los riesgos existentes en un radio de influencia
mayor al del centro al cual se acude, para prevenir problemas en los trayectos
y movilidad de los mismos.
Trasladamos la misma inquietud al
Comité de Seguridad y Salud, ya que entendemos que esta situación guarda
relación con los riesgos psicosociales y estrés en los empleados que tienen que
sufrirla.
(pic1)
Cuadro de Alertas:
Plus Movilidad Internacional
Algunos ya conocíais la existencia
del Plus de Movilidad Internacional. Un Plus que, de forma unilateral,
estableció la empresa para compensar al personal desplazado a emplazamientos
internacionales por periodos de tiempo largos, y que solo se aplicaba en
determinados departamentos. Una iniciativa positiva por su parte, pero un plus
que dejaba muchos cabos sueltos y que ni siquiera fue comunicado a la parte
social.
Cuando se les preguntó sobre el
asunto, ésta fue su respuesta (Acta Nº 7 Comité A.E)
“Indica
que no se ha hecho participe a la parte social debido a que la opción surgió de
manera precipitada y se adhirió debido a que era una mejora sustancial para el
personal. Indica que esta mejora no incluye a ningún directivo ni alto cargo.”
Este plus era el siguiente: (como veis la cantidad no aparece y tampoco habla de esos periodos de
tiempo. Se dice por ahí que eran 4000€
anuales y que se les aplicaba desde el primer día fuera)
Desde la Parte
Social, tanto en Comisión Paritaria como a través del Comité de A.E, se
solicitó que dicho plus se aplicase en todos los departamentos y áreas de A.E.
que cumplieran con los mismos requisitos.
La empresa
contestó, lo que de alguna forma nos esperábamos, ya que un plus como este, que
se estableció de forma unilateral, y que además no estaba consolidado, podría
desaparecer como apareció. “Si seguís
protestando lo eliminamos y se termina el problema”.
En la reunión del
pasado día 9.05.2017 la compañía nos comunicó que había decidido, de la misma
forma, es decir unilateralmente, modificar dicho Plus, que de forma resumida
quedaría de la siguiente manera:
-
Aplica
a toda la plantilla desde junio 2017
-
No
Consolidable
-
Revisable
en Junio de cada año
-
1
Paga anual
- Depende
directamente de la aprobación del director del departamento; esto es, los
viajes deben ser siempre aprobados, si no, no suman.
-
No
aplica a Directivos
-
Pago:
o
Cuantías:
- Desde 60 a 89 días de estancia en el extranjero 4000€/Brutos/año
- Desde 90 a 119 días de estancia en el extranjero 5000€/Brutos/año
- + 119 días de estancia en el extranjero 6000€/Brutos/año
-
Al
personal que le aplicaba el anterior plus, los meses de abril y mayo serán
compensados conforme al nuevo cálculo.
A nuestro entender,
el hecho de mejorarlo por un lado, al ampliarlo a otro dptos./áreas, lo que han
hecho con este nuevo cálculo del plus, es empeorarlo por el otro, al ampliar el
margen de tiempo fuera, así claro, disminuye la cantidad a percibir, en muchos
casos el 100% respecto de lo anterior.
Por ello, creemos necesario, y emplazamos a la
compañía, a negociar dicho plus con la Parte Social, ya que a nuestro juicio se
debería estudiar, entre otras mejoras, una fórmula que permita compensar al
trabajador desde el primer día de estancia en el extranjero. Así mismo,
creemos que las compensaciones económicas propuestas por la compañía,
deberían ser más equilibradas en lo que se refiere a los días de
estancia en el extranjero respecto de la compensación asignada.
¿Cómo lo habrán
percibido los afectados/beneficiarios? ¿Lo considerarán
motivador/compensatorio, o todo lo contrario?
Comisión de Formación y Puestos de Trabajo
La Compañía nos hizo entrega del
Plan de Formación anual 2017. Resumió de forma breve las características,
componentes, horas de formación, etc. de dicho Plan.
Así mismo, se nos informó que
tuvieron en cuenta todas las solicitudes de formación recogidas por los
distintos Comités de empresa y RLT’s.
Revisando la documentación, nos
dimos cuenta que la compañía había interpretado que todas las demandas
formativas eran solicitadas a título personal y por eso había rechazado alguna
de ellas, entendiendo que un trabajador no podía realizar 30 cursos en un año. (Vamos, que entendieron que la persona que se
encargaba de recoger todas las solicitudes y hacerlas llegar, iba a realizar
todos los cursos).
Les aclaramos que las distintas
solicitudes presentadas no eran realizadas únicamente a título personal por el
trabajador, sino que comprendían éstas y las genéricas, ya que se entendía que
pudieran resultar de interés para el departamento, área o tecnología.
Con todo ello, RRHH se comprometió a
revisar e incluir, si correspondiera, las solicitudes presentadas.
Sigue
informándote de todo:
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