Órgano de Gestión Grupo A.E
- Reorganización Producción
- Proyecto Biomasa
- Abono vacaciones personas con reducción jornada
Reorganización Producción
Se nos informa que se va a proceder a una nueva reorganización de la Producción de Acciona Energía según la cual se crea 1 nueva Dirección de Producción. La actual Producción Eólica dirigida por Miguel Ezpeleta y una nueva dirigida por Raul Serrano y que engloba Producción Hidráulica, Térmica y Fotovoltaica. Ambos, Miguel y Raúl, dependen jerárquicamente de Juan Otazu.
La Dirección de Producción Eólica nos realizó una presentación con el nuevo organigrama (publicado en Intranet) y los objetivos prioritarios del departamento, como son, entre otros:
- Potenciar las tecnologías existentes
- Unificar ingenieras
- Reducir el número de gerencias y dotarlas de Staff de apoyo
Igualmente se nos traslada, que se nos realizará una presentación de similares características para la nueva área de Producción en próximas fechas.
Proyecto Biomasa (Curiosa forma de denominar una más que posible venta de dichos activos)
Se nos informa que la Dirección de Acciona Energía está estudiando la venta de las tres plantas de Biomasa, debido a una sustancial oferta.
Se nos traslada que, de formalizarse dicha venta, la compañía garantizará a los trabajadores afectados, todas y cada una de sus condiciones laborales, aplicando el artículo 44 del E.T con todas las garantías.
Nos preocupa mucho este asunto y así lo trasladamos a la representación empresarial.
En los últimos tiempos, la política de la compañía (venta de Activos Internacionales, venta de la Parte Industrial, Windpower y Blades, venta de las Biomasas, noticias de prensa, etc.), y a su NO participación en la última subasta de renovables en España, así como su anuncio de que tampoco participará en la próxima, son hechos, que a nuestro entender son inquietantes. Preguntamos, (inocentones), si Acciona Energía seguía apostando por el negocio o por el contrario, pretende desprenderse de él. La respuesta dada por la representación empresarial fue que Acciona, ante el marco regulatorio español pretende diversificar y abrirse a nuevos mercados.
Queremos creerlo, pero los hechos acontecidos señalan o evidencian lo contrario.
Abono vacaciones a personas con reducción jornada
Tal y como os venimos informando desde el pasado mes de Junio, la Empresa ha tomado la decisión, respecto de la retribución de vacaciones, de realizar el ajuste correspondiente en el mes de diciembre. Hay que tener en cuenta, que las vacaciones se van generando mes a mes a lo largo del año, por lo que la empresa tomará el % de jornada que se está realizando cada mes, de manera que en diciembre regularizará el pago de las vacaciones ajustándolo a la jornada realmente realizada.
Según nos trasladan, han adoptado esta decisión debido al aumento de solicitudes de ampliación de jornada durante la jornada intensiva de verano, modificando el criterio utilizado hasta el momento por la compañía.
Nos informan que se enviarán cartas al personal afectado para informarles de dicha regularización.
Comisión Paritaria
- Pluses variables en vacaciones
- Gestión del rendimiento
- Compensación turnicidad personal de mantenimiento Termosolar
- Dedicación Hidráulica
Pluses variables en vacaciones (CECOER, Op. Termosolar, Op. Biomasa, Hidráulica Navarra)
Como todos recordareis, el sindicato ELA realizó el pasado 11.01.2017 una solicitud a través de la cual, reclamaba el abono de los pluses variables durante la época vacacional. En concreto el Plus Retén y el Plus Nocturnidad.
En la reunión mantenida el pasado 15.02.2017, la compañía nos trasladó que dichos conceptos no iban a ser abonados salvo que fuese dictaminado por un juzgado.
Tras esta información, UGT consultó a la coordinadora de ELA su intención al respecto y sobre el modo en el que iban a gestionar la demanda, sí de forma individual es decir, ELA como demandante único, o conjunta (ELA, UGT, CCOO), ya que entendíamos que procederían a demandar a la empresa.
El día 27.02.2017, ELA nos informó que según sus servicios jurídicos, no se podía efectuar una demanda de carácter colectivo debido a que eran reclamaciones de cantidad y por lo tanto debían ser reclamadas de forma individual, es decir cada trabajador debía presentar su demanda ante el juzgado correspondiente. Tras esta respuesta, en UGT, consultamos con nuestros servicios jurídicos para saber cómo interpretaban dicho asunto y proceder según se nos indicase.
Tras analizar los hechos y la jurisprudencia existente, (parece ser que Sí se puede demandar de forma colectiva en éste caso), ésta Sección Sindical presenta en la reunión de la Comisión Paritaria del día 23.06.2017, la correspondiente papeleta de Demanda Colectiva (Documento anexo) y proceder según lo estipulado en nuestro Convenio Colectivo en su artículo 81 (Resolución de cuestiones).
Al no obtener respuesta de la compañía, nuestros servicios jurídicos van a proceder con lo estipulado en el artículo 82 de nuestro Convenio Colectivo, (Solución de Discrepancias), paso previo, salvo acuerdo, a la consiguiente demanda ante la Audiencia Nacional.
Tanto ELA como CCOO se sumaron al documento presentado.
Gestión del rendimiento
Desde que la compañía anunció la actualización de la herramienta informatica para la implantación y control de objetivos individules para la paga de retribución variable o bono, la parte social, a través del Comité de Empresa de Acciona Energía Sarriguren, ha venido solicitando a la compañía información al respecto por si estas “actualizaciones” supusieran algún tipo de cambio o modificación en las condiciones existentes, lo que podria suponer, de darse el caso, una Modificación Sustancial de Condiciones Laborales.
La compañía nos ha venido trasladando, que en ningún caso las modificaciones en la herramienta conllevan una modificación en el sistema de Retribución o bono. A pesar de ello, ELA, presenta un documento, al cual nos sumamos, en el que trasladaba una serie de dudas sobre el nuevo modelo para que, entre otras cosas, se paralizasen los plazos correspondientes a las reclamaciones, que de darse el caso se debieran hacer por la parte social.
Compensación Turnicidad personal de mantenimiento Termosolar
Ante la solicitud de esta Sección Sindical referente a la compensación a dicho colectivo, la Compañía nos informa que no se va abonar o compensar de forma alguna dichos cambios de jornada por lo que vamos a comenzar los tramites de denuncia.
Dedicación Hidráulica
Como os venimos informando, UGT pretende aclarar los conceptos aplicables a los compañeros del área Hidráulica de Aragón y Navarra. Nos referimos en concreto al Plus Dedicación.
Os refrescamos la memoria:
La Compañía entiende que el Plus Dedicación compensa la totalidad de horas efectuadas, tanto las que se realizan al ejecutar el retén, como las de prolongación de jornada.
Nosotros interpretamos, basándonos tanto en el Convenio, como en el Protocolo de Actuación correspondiente, que dicho plus compensa única y exclusivamente las horas realizadas al ejecutar el retén.
Tras varias reuniones intentando clarificar las distintas interpretaciones, en Comisión Paritaria de (17.01.2017), la compañía, teniendo en cuenta las características especiales del colectivo hidráulico (Climatología, orografía etc.) y con el fin de no acudir a terceros (Juicio), nos trasladó la siguiente propuesta que podríamos resumir en lo siguiente:
- Sustitución del actual Plus Dedicación por una compensación económica anual de 3300€, que retribuiría la prolongación de jornada, la activación del retén y las avenidas, con una limitación, para todos estos conceptos, de 137/horas año.
Esta propuesta fue trasladada a los compañeros afectados, los cuales en su afán por evitar que el conflicto llegue a mayores y entendiendo la misma como una posible solución provisional hasta la negociación del próximo Convenio, están dispuestos a valorarla siempre que se regule la utilización del número de horas y entendiendo que esta solución provisional no debe coartar, coaccionar o limitar de ninguna de la maneras la negociación de éste u otros aspectos en el futuro Convenio Colectivo.
Esta Sección Sindical trasladó la decisión de nuestros compañeros y solicitó, debido al incremento de disponibilidad de este colectivo, un aumento en la cantidad ofertada, una disminución en el número horas y limitar el uso de dicha bolsa de horas.
La compañía atendió nuestra solicitud en cuanto a la disminución de horas y aumento del importe, pasando a ser su oferta de 120 horas y 3400€, pero no así lo referido a limitar su uso.
Nos informan que si no hay TOTAL LIBERTAD de uso de la bolsa de horas, no puede haber acuerdo.
Total libertad significa que con esas 120 horas pueden hacer prácticamente lo que quieran, como utilizarla en Domingos y Festivos y fiestas de guardar.
La compañía indica que no se tiene porque hacer un uso irracional de dicha bolsa y que en todo caso, si se observase alguna anomalía, la resolveríamos. Es decir, patada y a seguir, y ya veremos a toro pasado como lo solucionamos, sin ninguna intención de hacerlo, por supuesto. Ya son muchas las veces que nos han demostrado el valor de sus palabras y promesas que luego incumplen sin ni siquiera mover el bigote.
A pesar de ello, hemos trasladado esta nueva “Oferta” a los compañeros para que decidan al respecto.
Como ya indicamos desde el primer momento, esta Sección Sindical es partidaria de NO negociar nada más, ante la flagrante deslealtad, manipulación y comportamiento fraudulento que la representación empresarial ha mantenido respecto de este asunto y presentar la correspondiente demanda ante la Audiencia Nacional.
No obstante, la decisión es de nuestros compañeros y serán ellos quienes decidan.
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