lunes, 20 de febrero de 2017

En relación al Comunicado del Comité de Acciona Energía Sarriguren, sobre Formación Energía -10 FEBRERO 2017-

Como os dijimos, aquí estamos para actualizar la información referente a este punto. En concreto, la cronología de los hechos, es la siguiente:

El día 8 del presente mes, se remitió una solicitud a RRHH, en la cual se pedían una serie de aclaraciones en relación a la actividad formativa OBLIGATORIA prevista para realizarse esta semana y el mes de Marzo.

La contestación a dicha solicitud, por parte de RRHH, tuvo lugar, el pasado viernes, día 17, poco antes de que desde dicho departamento, se enviara el siguiente correo a la plantilla:


"...Las personas que, por alguna razón,  tengan problemas en asistir a esta formación por estar fuera de su horario laboral, que nos informen por correo electrónico con el fin de adecuarla a su jornada..."


En dicha contestación, recibida desde el Comité de A.E., se nos indicaba que la convocatoria de formación, se había realizado siguiendo las directrices recibidas, y entendiendo que la organización propuesta era la que aportaba mayor flexibilidad para el personal de plantilla.
Al mismo tiempo, informaban, que atendiendo a lo establecido en nuestro Convenio Colectivo, tal y como les recordamos en nuestra solicitud, en las siguientes convocatorias intentarían  adaptar el horario de la formación  al horario laboral para facilitar el acceso a la misma.


Dicho esto, si alguien no puede realizar este curso por incompatibilidad de horarios, o lo realiza fuera de horario laboral, que nos lo haga saber por favor.

En relación al Comunicado del Comité de Acciona Energía Sarriguren, sobre Formación Energía -10 FEBRERO 2017-

Como os dijimos, aquí estamos para actualizar la información referente a este punto. En concreto, la cronología de los hechos, es la siguiente:

El día 8 del presente mes, se remitió una solicitud a RRHH, en la cual se pedían una serie de aclaraciones en relación a la actividad formativa OBLIGATORIA prevista para realizarse esta semana y el mes de Marzo.

La contestación a dicha solicitud, por parte de RRHH, tuvo lugar, el pasado viernes, día 17, poco antes de que desde dicho departamento, se enviara el siguiente correo a la plantilla:


"...Las personas que, por alguna razón,  tengan problemas en asistir a esta formación por estar fuera de su horario laboral, que nos informen por correo electrónico con el fin de adecuarla a su jornada..."


En dicha contestación, recibida desde el Comité de A.E., se nos indicaba que la convocatoria de formación, se había realizado siguiendo las directrices recibidas, y entendiendo que la organización propuesta era la que aportaba mayor flexibilidad para el personal de plantilla.
Al mismo tiempo, informaban, que atendiendo a lo establecido en nuestro Convenio Colectivo, tal y como les recordamos en nuestra solicitud, en las siguientes convocatorias intentarían  adaptar el horario de la formación  al horario laboral para facilitar el acceso a la misma.


Dicho esto, si alguien no puede realizar este curso por incompatibilidad de horarios, o lo realiza fuera de horario laboral, que nos lo haga saber por favor.

viernes, 10 de febrero de 2017

Comunicado del Comité de Acciona Energía Sarriguren, sobre Formación Energía -10 FEBRERO 2017-


Estimados compañeros,

Trasladamos a RRHH, que consideramos necesario enviar una nota aclaratoria, en relación al correo electrónico enviado el pasado 8.02.1017 desde Formación Energía.

Les recordamos, que, tal y como señala nuestro Convenio Colectivo, es la compañía la que debe facilitar el acceso a la formación, y que ésta debe ser impartida preferentemente en horario laboral. Por lo tanto, entendemos irregular la invitación a la plantilla que se realiza desde el mencionado correo electrónico, (intercambiarse con otro compañero en caso de no poder asistir), máxime cuando hemos comprobado que no se ha intentado adaptar horarios, sino que se han compuesto los grupos por orden alfabético.

Por ello, solicitamos que se informe a la plantilla sobre este aspecto, del mismo modo, que requerimos que sea la compañía la que facilite el acceso a la formación, del personal a turnos y del personal con reducción de jornada, adaptando los horarios de la formación a su jornada laboral.

En dicho correo se indica la obligatoriedad de asistir a dicha formación. Por lo que, en caso de no poder realizarse la formación dentro de su jornada laboral, solicitamos la correspondiente compensación de una hora de descanso por hora formativa tal y como indica el artículo 25 de nuestro Convenio Colectivo.

Os mantendremos informados sobre nuevas noticias sobre este tema.


Comité A.E.

Comunicado del Comité de Acciona Energía Sarriguren, sobre Formación Energía -10 FEBRERO 2017-


Estimados compañeros,

Trasladamos a RRHH, que consideramos necesario enviar una nota aclaratoria, en relación al correo electrónico enviado el pasado 8.02.1017 desde Formación Energía.

Les recordamos, que, tal y como señala nuestro Convenio Colectivo, es la compañía la que debe facilitar el acceso a la formación, y que ésta debe ser impartida preferentemente en horario laboral. Por lo tanto, entendemos irregular la invitación a la plantilla que se realiza desde el mencionado correo electrónico, (intercambiarse con otro compañero en caso de no poder asistir), máxime cuando hemos comprobado que no se ha intentado adaptar horarios, sino que se han compuesto los grupos por orden alfabético.

Por ello, solicitamos que se informe a la plantilla sobre este aspecto, del mismo modo, que requerimos que sea la compañía la que facilite el acceso a la formación, del personal a turnos y del personal con reducción de jornada, adaptando los horarios de la formación a su jornada laboral.

En dicho correo se indica la obligatoriedad de asistir a dicha formación. Por lo que, en caso de no poder realizarse la formación dentro de su jornada laboral, solicitamos la correspondiente compensación de una hora de descanso por hora formativa tal y como indica el artículo 25 de nuestro Convenio Colectivo.

Os mantendremos informados sobre nuevas noticias sobre este tema.


Comité A.E.

EROM S.L.U. atenta contra la libertad sindical al impedir que se celebren elecciones sindicales en su centro de Palencia


Texto íntegro del comunicado


EROM S.L.U. atenta contra la libertad sindical al impedir que se celebren elecciones sindicales en su centro de Palencia


Texto íntegro del comunicado


martes, 7 de febrero de 2017

UGT actualiza la Guía Artemisa

Este pequeña guía tiene como objetivo difundir los derechos relacionados con la maternidad, la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, tanto de los trabajadores como de las trabajadoras, a través de una lectura ágil y dinámica.
Esta nueva versión recoge las modificaciones y actualizaciones en materia de derechos de conciliación de la vida laboral y familiar introducidas por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado Público.
Utilizando las preguntas más frecuentes que llegan al Servicio Jurídico, la guía pretende dar respuesta a todo lo que las trabajadoras y trabajadores deben saber sobre:

• Permisos de maternidad y de paternidad.
• Permiso de lactancia.
• Reducción de jornada por cuidado de hijos, hijas y familiares, y por cuidado de menores afectados de cáncer u otra enfermedad grave.
• Excedencia por cuidado de hijos, hijas y familiares.
• Permisos para cuidados de familiares enfermos.
• Otras fórmulas para conciliar la vida personal, familiar y laboral.

Te la puedes descargar:Guía Artemisa UGT 2017





UGT actualiza la Guía Artemisa

Este pequeña guía tiene como objetivo difundir los derechos relacionados con la maternidad, la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, tanto de los trabajadores como de las trabajadoras, a través de una lectura ágil y dinámica.
Esta nueva versión recoge las modificaciones y actualizaciones en materia de derechos de conciliación de la vida laboral y familiar introducidas por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado Público.
Utilizando las preguntas más frecuentes que llegan al Servicio Jurídico, la guía pretende dar respuesta a todo lo que las trabajadoras y trabajadores deben saber sobre:

• Permisos de maternidad y de paternidad.
• Permiso de lactancia.
• Reducción de jornada por cuidado de hijos, hijas y familiares, y por cuidado de menores afectados de cáncer u otra enfermedad grave.
• Excedencia por cuidado de hijos, hijas y familiares.
• Permisos para cuidados de familiares enfermos.
• Otras fórmulas para conciliar la vida personal, familiar y laboral.

Te la puedes descargar:Guía Artemisa UGT 2017