Continuamos con la distintas interpretaciones sobre
el Plus Dedicación.
Os recordamos:
La compañía interpreta que dicho plus
retribuye todas las horas que, fuera de jornada, realice el trabajador. Nuestro
punto de vista difiere bastante de lo expuesto, ya que en nuestra opinión, este
plus retribuye los trabajos realizados por el retén de guardia una vez éste ha
sido activado, es decir, si el trabajador no se encuentra de reten y prolonga
su jornada esas horas deben ser computadas como horas extraordinarias.
Intentaremos aclarar este punto en la próxima
reunión de la Comisión Paritaria.
Os mantendremos informados.
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